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Chile define dividir en dos días la macrojornada electoral del 11 de abril

Jueves, 11 de marzo de 2021 a las 03:27 pm
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El Congreso chileno aprobó este jueves un proyecto de ley; que establece dos días para realizar los cuatro comicios programados para el próximo 11 de abril. Instancia que elegirá a alcaldes, concejales, gobernadores regionales y definirá a los delegados que se encargarán de redactar una nueva Constitución.

Con 119 votos a favor, 19 en contra y 7 abstenciones; los parlamentarios decidieron fijar los días 10 y 11 de abril para realizar las elecciones. Programadas originalmente en una sola jornada y enmarcadas en un escenario de crisis social y económica agravada por la pandemia de covid-19.

El proyecto, presentado por el Gobierno, apunta a evitar las aglomeraciones en los locales de votación. Debido a la extensión de las papeletas y cargos a elegir; previniendo posibles focos de contagio por coronavirus y fomentando una participación segura.

Según comentó el presidente del Consejo Directivo del Servicio Electoral (Servel), Andrés Tagle, que participó del debate legislativo, el riesgo de fraude es prácticamente nulo.

Tagle afirmó que durante el plebiscito de octubre, donde se determinó reemplazar la actual Constitución heredada de la dictadura de Augusto Pinochet (1973-1990), no se dieron situaciones irregulares, "esto habla de un pueblo democrático, con una gran conciencia cívica, del valor que tienen las elecciones. De suceder en uno o dos días es lo mismo".

La iniciativa de ley entrega facultades al Servel para el sellado de urnas de sábado a domingo; así como poder establecer horarios preferenciales para adultos mayores y otros grupos de riesgo frente a la pandemia; que por estos días tiene sumido al país en una segunda ola con la mayoría de sus camas críticas ocupadas a nivel nacional.

El marco reglamentario para llevar a cabo las elecciones deberá estar listo, según el texto ratificado, al menos 20 días antes del proceso.

Las urnas electorales

Permanecerán selladas y custodiadas a cargo del delegado de la Junta Electoral y el Servel, que deberán coordinarse con el Ministerio del Interior y de Defensa Nacional para estos efectos.

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