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EEUU| ¿Cómo hacer frente a la discriminación laboral por embarazo? (+Recomendaciones)

Sabado, 09 de marzo de 2024 a las 07:13 pm
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Cuando una mujer queda embarazada dentro de una empresa, tiende a sufrir discriminación laboral. Lamentablemente jefes o dueños creen que este tipo de personal afecta la economía.

La discriminación ocurre cuando un empleador trata a una empleada o postulante a un empleo de manera desfavorable con pago desigual, limitación de horas, obstaculización de ascensos y beneficios por causa de embarazo, maternidad o afecciones médicas.

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Este tipo de comportamiento por los patronos es ilegal en Estados Unidos (EEUU) y existen vías legales para defender este derecho. Y aunque este trato diferente puede ser intencional o no, tiene consecuencias.

La disposición legal al respecto es el Título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964 y la Ley de Discriminación por Embarazo de 1978 (PDA), sin embargo, puede haber ampliaciones o cambios legales diferentes según el estado.

Acciones consideradas discriminación

Para saber si realmente puede estar ante un caso de maltrato o violación de derechos, lea las siguientes consideraciones:

  • Bajo ninguna justificación se puede efectuar un despido por embarazo o cualquier condición relacionada con la maternidad o el parto.
  • Un empleador o dueño de negocio no puede tratar de forma diferente a una mujer con relación a otros trabajadores en función de la capacidad reproductiva.
  • Si una mujer califica para un cargo, está en proceso de contratación y se entera de su embarazo, la empresa no puede negarse a incluirla como empleado.
  • Las decisiones relacionadas con asignaciones, programación, promociones o descensos de categoría no se pueden basar en el embarazo actual del empleador o la posibilidad de uno futuro.
  • Si una mujer requiere condiciones especiales razonables por su embarazo como evitar cargar objetos pesados, el empleador no puede negarse a ello, así como tampoco objetar licencias médicas por complicaciones del embarazo o intervalos de descanso posteriores al parto para amamantar al bebé.
  • Tampoco puede ser discriminada la mujer que sufra incapacidad posterior al parto como podría ser diabetes gestacional, preeclampsia o alguna otra condición física o emocional.

Cómo denunciar

Si usted considera que ha sido víctima de  discriminación por estar embarazada o después de dar a luz, puede iniciar el proceso legal de reclamo a su empleador.

Es muy importante tener es evidencia, la cual puede basarse en un registro de los sucesos de discriminación de los que ha sido objeto.

Personas involucradas y testigos que tengan la disposición de apoyarte  con sus declaraciones. También debes tener, repostes, correos electrónicos comunicaciones o documentos enviados por Recursos Humanos.

Un informe detallado de su desempeño dentro de la empresa y la calidad de trabajo que ha prestado, desde su contratación

Algo que se tiene que saber es que estas acciones pueden afectarle psicológica y emocionalmente, así como también a su familia, por lo cual debe prepararse adecuadamente.

¿Dónde demandar?

El organismo encargado del derecho de igualdad de los trabajadores es la Comisión Federal para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEOC), es allí dónde puede acudir a presentar su caso.

Además, puede recurrir a la agencia de empleo de su estado o a un tribunal civil en busca de ayuda y asesoramiento en el tema.

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El tiempo de la denuncia es de 180 días calendario a partir del día en que se produjo el evento. Si se produjo más de un episodio discriminatorio, normalmente, el plazo se aplica a cada uno de ellos.

Al hacer una consulta inicial con la EEOC no constituye que sea una denuncia o radicación de un cargo de discriminación.

Un empleado del EEOC se comunicará con usted en los próximos 30 días,tras su primera consulta, pero después de ese plazo si no ha recibido noticias debe llamar al 1(800) 669-4000.

Oficinas de atención

En el país existen 53 oficinas de la EEOC, puede consultar en su portal web la ubicación exacta de cada una o la que se encuentre más cerca de su lugar de residencia.

No aceptan consultas en línea, por lo cual deberá asistir a la dependencia de forma presencial, puede ir acompañada por un familiar, traductor o abogado si lo requiere.

Puede también iniciar el proceso por teléfono llamando al 1-800-669-4000 para presentar información básica, aunque esto no le exime de asistir en algún momento a la oficina.

Con los datos que suministre al momento de la denuncia, la Comisión revisará toda la información y si requiere algo adicional se comunicará con usted para hacer el seguimiento.

 Si tiene más preguntas sobre el proceso, puede llamar al 1-800-669-4000 o escribir al [email protected].


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