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España activa registro para viajeros que deben cumplir hoteles y agencias

Las infracciones a las empresas pueden acarrear multas entre 100 y 600 euros, mientras que las graves llegarían hasta 30.000 euros

Lunes, 02 de diciembre de 2024 a las 05:38 pm
Foto: Iberostar Hotels & Resorts
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Las agencias de viajes, hoteles y empresas de alquiler de vehículos sin conductor de España deberán cumplir con un nuevo registro obligatorio que busca modernizar la recopilación de datos sobre los viajeros a partir de este lunes.

Esta normativa, establecida en un real decreto desde 2021 y activa desde 2022, se convierte en obligatoria a partir de hoy. Pero su implementación ha encontrado resistencia entre los profesionales del sector turístico, informó el diario El País de España.

Sin embargo, las agencias de viajes han expresado su preocupación por esta nueva obligación, y han argumentado que incrementará la burocracia y podría elevar los precios finales para los consumidores.

La normativa exige que se transmitan datos a la aplicación Ses.hospedajes, información que ya era recolectada por las empresas hoteleras. El cambio además incluye a las agencias de viajes, lo que ha generado un debate sobre la viabilidad y necesidad del registro.

Objetivos del Registro

El Ministerio del Interior justifica esta medida como una forma de mejorar la seguridad ciudadana. Según sus declaraciones, la normativa actual es obsoleta; el registro existente data de 1959 y no contempla nuevas modalidades como las viviendas turísticas o plataformas digitales.

Con esta actualización se busca obtener información precisa que permita a las fuerzas del orden combatir actividades delictivas transnacionales.

Las empresas afectadas deberán recopilar y registrar una serie de datos tanto sobre los viajeros como sobre las transacciones realizadas. Esto incluye información básica como nombre completo, número de documento de identidad y detalles sobre el establecimiento o vehículo alquilado. Para el alojamiento no profesional se requerirán datos adicionales sobre el titular del inmueble.

¿Qué sanciones enfrentarán las compañías? 

La normativa establece sanciones para aquellos que no cumplan con los requisitos establecidos. Las infracciones leves pueden acarrear multas entre 100 y 600 euros, mientras que las graves pueden llegar hasta 30.000 euros si se omiten registros documentales o comunicaciones obligatorias.

Con información de El País

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