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Florida | Esta es la modificación que tendrán las licencias de conducir a partir de este #1Ago

Miércoles, 31 de julio de 2024 a las 10:00 am
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A partir de este jueves 1ro de agosto, el estado de Florida implementa modificaciones en sus licencias de conducir y tarjetas de identidad con motivos de seguridad, sepa de qué trata.

El Departamento de Seguridad Vial y Vehículos Motorizados de Florida (Flhsmv) anunció que el objetivo de esta medida es mejorar la seguridad de los documentos y brindar una mejor atención a los residentes.

Lo primero que hay que entender es que a partir del 1° de agosto, entrará en vigor una nueva ley que exige un cambio en las licencias de conducir.

Ahora, los números de las licencias de conducir de Florida incluirán al menos cuatro dígitos generados aleatoriamente.

Esta medida tiene como finalidad mejorar la seguridad y proteger la identidad de los residentes.

¿Aplica para todas las licencias de conducir este 1ro de agosto?

Como se había informado previamente, el Flhsmv indicó que a partir de este miércoles 31 de julio de 2024 comenzarán a implementar el cambio para cumplir con los estatutos del estado.

Esto aplica para:

  • Renovaciones: Quienes renueven su licencia, ya sea en persona o a través de internet, recibirán un nuevo número de licencia.
  • Solicitudes Nuevas: Aquellos que soliciten una licencia por primera vez recibirán un documento que cumple con los nuevos requisitos legales.

Por otra parte la única forma de que ese número ya asignado cambie aplicará para:

  • Cambio de Apellido: El número de licencia solo cambiará si el titular modifica su apellido.

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La credencial también tendrá nuevas características en Florida

Además, se debe recordar también que las tarjetas emitidas por el Flhsmv ahora deberán cumplir con ciertas características, a pesar de que el formato de la licencia o tarjeta de identificación seguirá siendo el mismo.

Ahora las licencias de conducir en el estado de Florida deberán cumplir con estas características:

  • Una foto en color o una imagen digital del titular; el nombre del estado; el nombre completo del titular, la fecha de nacimiento y la dirección de residencia.

Además de una breve descripción, que incluya: el género y la altura; y las fechas de emisión y vencimiento.

Por otra parte, se debe proporcionar un espacio en el que el usuario coloque su firma.

  • Cada tarjeta debe indicar la clase de vehículo que el titular está autorizado a conducir y cualquier restricción aplicable.

Si es una licencia de conducir comercial, dicha circunstancia debe indicarse en la misma.

  • El símbolo internacional para sordos y personas con problemas de audición se exhibirá en la licencia de conducir.

Lo anterior tras el pago de una tarifa adicional de un dólar y la presentación de pruebas suficientes para demostrar su condición, según lo determine el departamento.

  • Para los que aplique, la palabra “Veterano” debe figurar en la licencia de conducir.

Para demostrarlo, el usuario debe presentar documentación, como:

Un formulario DD 214, emitido por el Departamento de Defensa de Estados Unidos; una tarjeta de identificación sanitaria de veterano, emitida por el Departamento de Asuntos de Veteranos u otra forma aceptable.

  • A pedido de una persona que tenga una discapacidad del desarrollo, o de un padre o tutor legal de un niño o tutelado que tenga una discapacidad del desarrollo, se exhibirá la letra mayúscula “D” en la licencia.

Esto, si se presenta prueba suficiente del diagnóstico elaborada por un médico con licencia.

Con información de Heraldo USA

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