El proceso de registro de un recién nacido en Venezuela es un procedimiento legal que garantiza el acceso a derechos fundamentales como la identidad y la ciudadanía. Este trámite, esencial para la documentación del infante, se lleva a cabo en las oficinas del Servicio Autónomo de Registros y Notarías (SAREN).
Todos los procedimientos ante el registro civil no tienen costo. La única excepción son las copias certificadas, las cuales sí tienen un costo asociado. Para registrar a un bebé, se requiere presentar la siguiente documentación:
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Certificado de Nacido Vivo (EV-25): Se solicita el original junto a tres copias, emitido por la institución de salud donde ocurrió el alumbramiento.
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Identificación de los Progenitores: Los padres deben presentar sus documentos de identidad originales y dos copias de cada uno.
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Documentación Adicional: Si aplica, es necesario el acta de matrimonio o una constancia de unión en formato original y una copia.
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Testigos: Se necesitan dos testigos mayores de edad, no familiares ni los padres del recién nacido, con una copia de su cédula de identidad.
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Permiso Extemporáneo: Si el registro se realiza después de los 90 días posteriores al nacimiento, se debe presentar un permiso de presentación extemporánea otorgado por el Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (CPNNA).
Modalidades de registro y ubicaciones
La inscripción del recién nacido requiere la presencia física en las oficinas del SAREN, ya que se debe verificar la identidad y los documentos originales. Sin embargo, la solicitud de copias certificadas del acta de nacimiento se puede gestionar de forma digital a través del sitio web oficial del SAREN.
El trámite debe efectuarse en el Registro Civil de la parroquia o municipio donde el niño o niña haya nacido, o bien, en el domicilio de los padres. Algunas clínicas y hospitales del país también cuentan con unidades registrales para facilitar el proceso.
Autorizados para realizar el trámite
El SAREN establece que el registro del menor puede ser realizado por las siguientes personas o entidades:
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Los padres del bebé.
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Familiares de hasta el cuarto grado de consanguinidad, incluyendo abuelos, hermanos y tíos.
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El médico o la partera que asistió el parto.
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Cualquier persona mayor de edad con una acreditación oficial.
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El Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
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