Los pensionados del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) que hayan establecido su residencia en España, Portugal, Uruguay, Chile, Ecuador o Italia pueden seguir recibiendo el pago de su pensión a través del IVSS a pesar de estar en el exterior.
Para eso es necesario consignar documentos que validen la estancia legal fuera de Venezuela.
Este procedimiento busca garantizar que los pensionados puedan acceder a sus beneficios económicos sin contratiempos, independientemente del país donde se encuentren.
¿Cuáles son los documentos a consignar?
- Planilla: "Censo de Pensionados - Pensión al Exterior", en original con los datos completos, sin enmiendas, firmada por el pensionado(a)
- Planilla: "Carta Compromiso", en original sin enmiendas firmada por el pensionado (a) con su huella dactilar.
Estas planilla pueden ser obtenidas a través de la pagina web del IVSS, en la sección de "Formularios", debe seleccionar la opción "Pensionados en el Exterior".
- Registro Consular para el censo de pensionados en el exterior en original y vigente con sello húmedo.
De acuerdo al país de residencia deben anexar documento de identidad y el comprobante de apertura de cuenta con su respectivo código IBAn.
CHILE: Fotocopia legible del Documento Registro Único Nacional (RUN) y el comprobante de apertura de cuenta del Banco Estado.
ECUADOR: Fotocopia legible del Documento de Identidad Ecuatoriano y el comprobante de apertura de cuenta del Banco Pacífico.
ESPAÑA: Fotocopia legible del Documento Nacional de Identidad (DNI) y el comprobante de apertura de cuenta del Banco Santander España.
ITALIA: Fotocopia legible del Documento de Identidad Italiano y el comprobante de apertura de cuenta del Banco Intesa San Paolo.
PORTUGAL: Fotocopia legible del Billete de Identidad (BI) y el comprobante de apertura de cuenta del Banco Totta Santander.
URUGUAY: Fotocopia legible del Documento de Identidad Uruguayo y el comprobante de apertura de cuenta del Banco BANDES Uruguay.
Consideraciones a tomar en cuenta
Los pensionados que son clasificados para cobrar su pensión en su país de residencia se les enviará el monto correspondiente a su pensión a partir del mes que sea incorporando.
Por tal motivo, deben seguir cobrando por intermedio de un apoderado hasta que sea aprobada su solicitud. No se enviarán los montos acumulados en sus cuentas de Venezuela.
La documentación solicitada debe estar completa y la pueden enviar a través de la Valija Diplomática del Consulado ó por correo expreso a la siguiente dirección: Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, Dirección de Prestaciones en Dinero. Pensión en el Exterior, Av. Francisco Javier Ustariz, Conjunto Residencial San Bernardino Pb, Caracas 1010 - Venezuela
Los pensionados que están cobrando su pensión por España, Portugal, Chile, Ecuador, Italia y Uruguay deben cumplir con el reporte anual correspondiente al mes enero de cada año a través de los Consulados, para poder seguir recibiendo el beneficio.
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