Para poder circular en moto por el país, se deberán tener en cuenta varios aspectos de amparándose en el artículo 67 de la Ley de Transporte Terrestre, el cual clasifica las licencias necesarias para operar los diferentes vehículos.
En ese sentido, la ley, a través del Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT), exige la obtención de una licencia de segundo grado para el caso de motos. Pero existen dos categorías dentro de este tipo de licencias, las cuales son las siguientes:
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Licencia Tipo A: Dirigida a personas mayores de 16 años, permite conducir motocicletas con una cilindrada máxima de 80 centímetros cúbicos.
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Licencia Tipo B: Para quienes tienen al menos 18 años y autoriza la conducción de motocicletas sin restricción en cuanto a cilindrada.
Proceso para obtener la licencia
El trámite para obtener esta licencia se realiza a través del portal web del INTT, cuyo proceso incluye un examen teórico-práctico que evalúa tanto los conocimientos como las habilidades necesarias para manejar una motocicleta con seguridad. El examen debe ser presentado en persona en cualquiera de las oficinas del INTT.
¿Qué requisitos hay que cumplir?
Para iniciar el proceso y obtener la licencia, los solicitantes deben cumplir con ciertos requisitos:
- Completar la planilla única de trámite disponible en el sitio web del INTT.
- Presentar una cédula de identidad laminada y vigente.
- Contar con un certificado médico vial actualizado.
- Obtener una certificación de saberes emitida por una escuela autorizada si es la primera vez que se solicita la licencia.
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