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Asilo EEUU | ¿Qué debe hacer si no logra probar la etapa de "temor creíble"?

Si el solicitante falla no puede seguir con el proceso y podría estar sujeto a la deportación de EEUU

Miércoles, 18 de septiembre de 2024 a las 11:43 am
(alcozerlaw.com)
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Las personas que están por pedir el recurso de asilo en Estados Unidos (EEUU) o ya han iniciado el proceso, deben tener en cuenta que un factor determinante es demostrar a las autoridades el ‘Temor creíble’.

Hablamos de una evaluación preliminar fundamental en el sistema de asilo estadounidense, que de no superarse puede llegar a echar por tierra todo su proceso.

Hay que tener en cuenta que el ‘Temor creíble’ es la valoración inicial permite a los oficiales de asilo decidir si el solicitante presenta razones suficientes para temer persecución o tortura en su país de origen.

El temor creíble se lleva a cabo cuando un solicitante está sujeto a remoción expedita y ha manifestado al Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) su intención de solicitar asilo debido al temor de persecución o tortura.

Durante este proceso, DHS proporciona orientación sobre el procedimiento y ofrece información sobre servicios legales, además de un período de espera antes de la entrevista.

Es decir, si el oficial a cargo determina que no existe un temor creíble, el solicitante no puede seguir con el proceso de asilo en ese momento y podría estar sujeto a la deportación de EEUU.

Sin embargo, los solicitantes pueden tomar acciones adicionales si esto falla.

¿Qué puede hacer si le rechazan su argumento de ‘Temor creíble’?

En principio, tienen derecho a solicitar una revisión de la decisión (negada) ante un juez de inmigración.

Para hacerlo, el extranjero deberá presentar una petición dentro de un plazo específico en donde tendrá la oportunidad de presentar más evidencia o argumentos que puedan demostrar la validez de su temor de persecución o tortura.

Ahora, en caso de que no solicite esta revisión o si el juez de inmigración también considera que no existe un temor creíble, el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) podría proceder con su deportación desde EEUU.

La decisión del juez de inmigración en cuanto a la falta de temor creíble generalmente no puede ser apelada, lo que hace crucial que la persona solicitante tome acción rápidamente y busques asesoría legal adecuada.

Por el lado positivo, si el juez de inmigración determina que existe un temor creíble a pesar de la decisión inicial del oficial de asilo, su caso podría ser reabierto.

Esto puede llevar a que USCIS acepte su solicitud de asilo para una entrevista completa.

También podría resultar en la emisión de una Notificación de Comparecencia ante el juez de inmigración para considerar su solicitud de asilo o protección bajo la Convención Contra la Tortura (CAT).

Tome en cuenta que, este proceso de revisión por parte del juez de inmigración es una segunda oportunidad para presentar su caso.

En este punto, es determinante estar preparado con toda la evidencia y documentación que pueda apoyar su solicitud de asilo.

Con información de RPP

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