Las personas que desean trabajar en Estados Unidos (EEUU) requieren tener un estatus que se los permita o tramitar un documento o credencial que les permita hacerlo, así es el proceso en Nueva York.
Se debe recordar que un Documento de Autorización de Empleo (EAD) es un documento que autoriza a un extranjero elegible, a ser empleado legal en el país.
Este es emitido por los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de EEUU (USCIS).
Requisitos y documentación necesaria
- Tener una condición regular en EEUU (Asilo o refugio, visa de trabajo, etc)
Más específicamente, aquellos que:
- Tienen en trámite un Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus.
- Tienen en trámite un Formulario I-589, Solicitud de Asilo y de Suspensión de Remoción.
- Tienen un estatus de No Inmigrante que le permite estar en Estados Unidos, pero no le permite trabajar en EEUU sin antes de pedir una autorización de empleo de USCIS (como, por ejemplo, un estudiante con visa F-1 o M-1).
- Personas con estatus de Protección Temporal (TPS)
- Estudiantes de intercambio con autorización para trabajos
- Beneficiarios de DACA
Los interesados deben presentar el formulario I-765 de USCIS.
también deben consignar:
- Documento o prueba de tu estatus migratorio (por ejemplo, aprobación de asilo).
- Dos fotografías tamaño pasaporte
- Pago de tarifa
Además, puede hacer la solicitud a USCIS, por correo o por medio de su página web.
Las autoridades siempre recomiendan como la mejor opción hacer el proceso online, y para esto deberá crear una cuenta.
Consideraciones
Tenga en cuenta que USCIS puede tardar entre 90 y 120 días en procesar solicitud.
Sin embargo, este tiempo varía según la que solicites el EAD.
Durante este período, puede revisar el estado de su solicitud en línea.
Los residentes permanentes legales no requieren de un EAD, ya que le Green Card evidencia su autorización para trabajar legalmente.
Tampoco tiene que solicitar un EAD si tiene un estatus de No Inmigrante que le autoriza a trabajar para un empleador específico en virtud de su estatus (por ejemplo, si es un no inmigrante H-1B, L-1B, O, o P).
Con información de Conexión Migrante
Visita nuestras secciones: Servicios e Internacionales
Para mantenerte informado sigue nuestros canales en Telegram, WhatsApp y Youtube.