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Seguro Social Estados Unidos: la única condición para que el cónyuge sobreviviente herede los beneficios

Es importante que los beneficiarios cumplan con requisitos de edad específicos para poder cobrar lo que corresponda
 

Domingo, 09 de febrero de 2025 a las 02:00 pm
Seguro Social Estados Unidos: la única condición para que el cónyuge sobreviviente herede los beneficios Seguro Social Estados Unidos: la única condición para que el cónyuge sobreviviente herede los beneficios
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La pérdida de un ser querido representa una de las experiencias más complicadas que una persona puede enfrentar, y lidiar con los asuntos financieros en esos momentos puede incrementar el estrés. 

Para mitigar esta carga económica, el Seguro Social ofrece beneficios por sobrevivencia a ciertos familiares del fallecido según informa El Diario NY en su portal web. 

Estos beneficios están disponibles para el cónyuge sobreviviente, ex cónyuges (si estuvieron casados al menos 10 años), hijos o padres dependientes.

¿Cuáles son los requisitos?

Es importante que los beneficiarios cumplan con requisitos de edad específicos: los cónyuges pueden reclamar beneficios a partir de los 60 años (o a los 50 si son discapacitados), mientras que los hijos pueden recibirlos si son menores de 18 años o hasta los 19 si continúan en la escuela secundaria. 

La cantidad que recibe un cónyuge sobreviviente depende de los ingresos del fallecido, calculándose con base en el Monto del Seguro Social Primario (PIA). 

Si el cónyuge tiene la misma edad de jubilación que el fallecido, puede obtener hasta el 100% del PIA. Sin embargo, si reclama antes, recibirá un monto reducido. 

Por ejemplo, si el PIA del fallecido es de $2.000 mensuales, el sobreviviente de 60 años recibiría aproximadamente $1.430, que equivale al 71.5% del PIA. 

Además, el Seguro Social proporciona un pago único de $255 para ayudar con los gastos inmediatos.

Proceso

El proceso para solicitar estos beneficios comienza con la notificación del fallecimiento al Seguro Social, lo cual puede hacer la funeraria o el propio sobreviviente. 

Se requiere reunir documentación como el acta de defunción, certificados de nacimiento y matrimonio (si corresponde), y los números de Seguro Social del titular y del sobreviviente. 

La solicitud se puede realizar en línea (si el sobreviviente tiene 62 años o más), por teléfono o en persona en las oficinas del Seguro Social, siendo recomendable solicitar cita previa.

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