Cerca de 1.5 millones de inmigrantes en Estados Unidos tienen orden final e inapelable de deportación, ante los anuncios de deportaciones masivas del presidente electo, Donald Trump, la cual tiene el respaldo bipartidista de los senadores.
De acuerdo a información de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP), cerca de 10.825.387 inmigrantes ingresaron al país, durante la administración demócrata de Joe Biden y Kamala Harris, quienes abrieron la frontera, generando una crisis migratoria que no se había registrado en la región.
La amenaza de deportaciones a gran escala, anunciada por el presidente republicano, se ve respaldada por un fallo de la Corte de Inmigración que, según la ICE, ha ordenado la expulsión de más de 1.4 millones de extranjeros no detenidos a partir del 24 de noviembre.
La abogada María Herrera Mellado detalló, en entrevista para Diario Las Américas, que las órdenes finales de deportación son el resultado de una decisión judicial o administrativa que establece que un individuo no tiene el derecho a permanecer en Estados Unidos.
"Esto ocurre generalmente después de que la persona haya agotado todos los recursos legales, como apelaciones, o haya decidido no apelar dentro del plazo establecido", explicó.
Orden de deportación final o definitiva: ¿Cuándo aplica?
La abogada explica que una de las formas en que una orden de expulsión se convierte en definitiva es cuando el afectado no ejerce su derecho a presentar una apelación dentro del plazo legal, que normalmente es de 30 días a partir de la notificación de la sentencia.
Otra situación en la que la orden de deportación se vuelve inalterable es cuando la BIA, como tribunal de apelaciones, confirma la decisión original del juez de inmigración.
Por último, si el individuo renuncia voluntariamente a su derecho a presentar un recurso, la orden adquiere carácter definitivo.
A pesar de tener órdenes finales de deportación emitidas en su contra, cerca de un millón y medio de migrantes de 208 nacionalidades distintas continúan viviendo y desarrollando sus vidas en las diversas comunidades de Estados Unidos.
Nacionalidades con más órdenes de deportación en EEUU
- Honduras: 261,65
- Guatemala: 253,413
- México: 252,044
- El Salvador: 203,822.
- Cuba: 42,084
- Nicaragua: 45.995
- Brasil: 38,677
- China: 37,908
- Haití: 32,363
- Ecuador: 31,252
- Colombia: 27,388
- Venezuela: 22,749.
Es importante mencionar que, el Gobierno posee la facultad de ejecutar las órdenes de expulsión de estos extranjeros en cualquier momento que así lo determine.
Alternativas a la orden final
A las personas con una orden de expulsión irrevocable se les brinda la posibilidad de autodeportarse dentro de un periodo específico, a fin de eludir una expulsión forzosa.
El proceso de expulsión enfrenta obstáculos significativos debido a la limitada cooperación de un grupo de 26 países, entre los cuales el ICE ha identificado a 15 como "poco cooperativos" y ha expresado preocupación por la posible falta de colaboración de otros 11.
Entre el grupo de 26 países se encuentran: Bután, Birmania, Cuba, República Democrática del Congo, Eritrea, Etiopía, Hong Kong, India, Irán, Laos, Pakistán, República Popular China, Rusia, Somalia y Venezuela.
Mientras que, en riesgo de incumplimiento están: Bosnia-Herzegovina, Burkina Faso, Camboya, Gabón, Gambia, Irak, Jamaica, Nicaragua, Sudán del Sur, Santa Lucía y Vietnam.
"Si el país de origen de un inmigrante se niega a cooperar con Estados Unidos y no acepta de regreso al individuo, el proceso de deportación se complica", detalló la abogada.
¿Qué ocurre si no hay colaboración de parte del país de origen?
En caso de que los países de origen no quisieran readmitir a sus nacionales, el canciller advirtió sobre las "implicaciones legales, diplomáticas y humanitarias" que esto conllevaría.
Inicialmente, las deportaciones experimentarían demoras o suspensiones, debido a la imposibilidad del ICE de efectuar deportaciones forzosas sin la previa autorización del país receptor.
Los migrantes con órdenes finales de expulsión pueden ser detenidos provisionalmente por las autoridades migratorias, siempre y cuando dicha detención no exceda los seis meses.
Transcurrido este período, los migrantes deberán ser puestos en libertad bajo ciertas condiciones, a menos que se considere que constituyen una amenaza grave para la seguridad nacional.
Esta restricción temporal en la detención se basa en una sentencia del Tribunal Supremo, que prohíbe la detención indefinida de extranjeros cuya deportación no es inminente.
En última instancia, estos inmigrantes indocumentados, a pesar de poder permanecer en territorio estadounidense, se encontrarían en una situación de precariedad legal, sujetos a un régimen de vigilancia por parte de las autoridades migratorias.
Este régimen podría incluir presentaciones periódicas ante el ICE, el uso de dispositivos de monitoreo electrónico o el cumplimiento de otras restricciones impuestas por las autoridades.
Con información de Diario Las Américas
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