Luego de la medida del presidente de Estados Unidos Donald Trump. muchos cubanos con formularios I-220A e I-220B corren el riesgo de ser deportados del país norteamericano en los próximos meses.
En este sentido, varios abogados de Estados Unidos dedicados a la defensa de casos de asilo y tramitación de residencias, informaron al medio Cuba Noticias 360 sobre las diferencias entre ambos formularios ya mencionados.
¿Cuáles son los cubanos que están a salvo y cuáles pueden ser deportados?
Aquellas personas que cuenta con el formulario I-220A, y se encuentra en un procesos abiertos ante la Corte de Inmigración o el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EEUU (USCIS), no enfrentan un riesgo inmediato de deportación.
En este sentido, los abogados explicaron al medio antes mencionado, que aquellos cubanos que ingresaron al país a través de la frontera "tienen un año para iniciar su proceso de asilo político y a partir de ahí hacer uso de las vías legales para protegerse de una deportación".
Por otra parte, los migrantes con el formulario I-220B sí podrían ser removidos del país en cualquier momento, debido a que implica una orden de supervisión y podría derivar en una deportación inmediata si así lo decide el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE).
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